Solo falta la sanción presidencial, la firmita
del señorísimo presidente (por poco y así lo tendríamos que ensalzar a él y a
todos los funcionarios y exfuncionarios públicos si no fuera por la revocatoria
del mico contra la libertad de prensa; injuriarlos o calumniarlos equivaldría a
cinco o a diez años de prisión, con una multica de mil quinientos millones de
pesos, además de clausurar a la organización comunitaria a la que corresponda…
Pero no hablaré de esta ponencia caída del representante por el Cambio Radical,
Juan Carlos Arango… Digo, César Lorduy) para que la Ley de Seguridad Ciudadana
se haga realidad, muy a pesar de las críticas de estudiosos, grupos de
investigación y penalistas.
El artículo más ventilado es el de la
«legítima defensa privilegiada», que dice así: «Se presume también como
legítima la defensa que se ejerza para rechazar al extraño que usando maniobras
que superen las barreras de la propiedad o mediante violencia penetre o
permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, propiedad
comercial cerrada al público o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá
ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o
ajeno», más un parágrafo: «En los casos del ejercicio de la legítima defensa privilegiada,
la valoración de la defensa se deberá aplicar un estándar de proporcionalidad
en el elemento de racionalidad de la conducta».
Esta «legítima defensa», en palabras del Grupo
de Prisiones de la Universidad de los Andes, pone al «patrimonio y el sistema
económico al mismo nivel de la vida». Lo cual recuerda al discurso
mediático-gubernamental en los tiempos de protesta: las cosas adquieren un
valor inconmensurable, la propiedad privada es la que debe ser protegida, lo
material (estaciones de policía, sistema de transporte, vías bloqueadas) está
sobre los jóvenes asesinados, descuartizados, sobre las mujeres violadas y
sobre las lesiones oculares…
Hubo un argumento de no sé quién sobre un niño
que pasaba al jardín de otra persona a coger una fruta, entonces el dueño del
árbol podría actuar en «legítima defensa privilegiada» para sacarlo, vivo o
muerto, de su jardín. Y continuaba el argumento diciendo que la ley no
contempla las dinámicas del campo. Ante lo cual asumo: llevando esta ley a los
Procesos de Liberación de la Madre Tierra en el norte del Cauca, donde las
balas del ejército y los operativos del ESMAD asesinan a indígenas y a
campesinos, ¿no se creará una especie de Convivir? ¿Los terratenientes no
tendrán luz verde para arremeter con fuego, de una vez por todas y amparados
por el coto de caza que les abre la «legítima defensa privilegiada» en sus
propiedades? Una utopía paramilitarista; la utopía Andrés Escobar.
Ahora bien, para Diego Molano esta ley
previene que los CAI sean vandalizados, lo que demuestra el carácter vengativo
de su defensa y el doble filo de lo que dice: ¿y qué previene que en los CAI se
vandalice, es decir, se viole y se torture? ¿Qué previene e investiga lo que
sucede dentro de los CAI en momentos de agitación social, donde muestran una
parte de la historia y la otra se la guardan en los bolsillos?
Leamos las palabras de Juan Manuel Daza,
representante por el Centro Democrático: «La seguridad empezamos a corregirla
cuando los ciudadanos de bien se pueden defender. Porque eso disuade al
criminal que hoy está empoderado. Aquí no estamos criminalizando ninguna
protesta». ¿Y si el criminal empoderado es el ciudadano de bien? Hagamos
memoria del engendro que ya existía en nosotros, pero que conocimos en el Paro:
la gente de bien: Toyotas, sombreros aguadeños, caballos de paso fino, camisetas blancas, «Plomo es lo que hay»…
Lo que demuestra la Ley de Seguridad
Ciudadana es que el Estado, en su incapacidad de disminuir el crimen y la
inseguridad, le cede la batuta a la ciudadanía (de bien). Lo mismo sucedió con
las Convivir, lo mismo puede suceder en este caso. Se verán un montón de situaciones
donde la hermenéutica desvirtúe los artículos o los artículos se encarguen de
embrollar la mente de los jueces. Y la sanción presidencial que tiene en vilo
al país —o al que sabe que sucede esto— no eliminará, por lo menos, el agravar
la judicialización a las personas encapuchadas. Citando al abogado Francisco
Bernate: «Las personas no están obligadas a mostrar su identidad, entonces
aumentar la pena por una capucha o por una máscara es un absurdo más de este
proyecto de ley». Otro absurdo peligroso
más.
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